Todo debe ser contado al menos una vez, aunque como había dictaminado un escritor con su autoridad literaria, deba ser contado según los tiempos, Javier Marías.

miércoles, 22 de diciembre de 2010

"Una mala compañía, una mala decisión"

La pasada semana, en el salón de actos de la Facultad de C. de la Educación y Psicología de Málaga, Jorge Fraile Martínez (coordinador del programa Presos españoles en el exterior) comunicaba a los alumnos la necesidad de informar sobre la situación de los ciudadanos españoles que cumplen condena en el extranjero por consumo y tráfico de drogas.

El 80% de los presos españoles en el extranjero son debido a tráfico de drogras (hachís y cocaína en su mayoría). Actualmente hay alrededor de 2.370 españoles que están cumpliendo condena fuera de nuestras fronteras: "Existe una pérdida de respeto a lo que supone la droga cuando salimos al extranjero y sensación de conseguir dinero fácil", apuntaba Fraile.

Los principales países con mayor población de presos españoles son Perú, con un total de 228 presos; y Marruecos, 228. Ello incumbe una legislación y un cumplimiento de condenas muy diferente al español. En Perú, por ejemplo, las penas abarcan desde los 25 años de prisión hasta cadena perpetua.

En una segunda instancia, cumplir una condena en el extranjero lleva consigo un enorme entramado psicológico. Además de atenerse a la privación de la libertad, estos presos carecen por completo del afecto y apoyo de sus familias. Por ello se habla de un doble o triple drama, "son lugares donde se percibe el paso del tiempo de una forma muy distinta"; y por supuesto son el reflejo de la situación económica, política, religiosa y social de un país.

El traslado a España
Existen convenios internacionales que articulan tal efecto, como el artículo 25 de la Constitución Española: "25.1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquél momento." Y es que la persona condenada y juzgada lo hace según las leyes de ese país. En caso de pedir un traslado y estar en posesión de una doble nacionalidad, prevalecerá la del lugar de residencia. Y es necesario que el acto por el que es condenado lo fuera también en nuestro país. Pedir un traslado "es un tema largo, burocrático y complejo", y a la hora de citarlo el país inicial debe mostrar su acuerdo y España su consentimiento de entrada. La media total es de una espera de 18 meses. Una vez llegados a suelo español, estos procederán a la prisión más cercana.

Consumo y tráfico de drogas
La media de edad en el inicio del consumo de drogas se encuentra en torno a los 15 años. "Lo que al principio parece solo un juego con una sustancia, luego se convierte en un completo infierno", afirmaba Fraile. Y es que la dependencia desemboca en otro tipo de sustancias que ya no son admitidas legalmente como serían desde el cannabis hasta la cocaína o la heroína. A su vez, los jóvenes manifiestan nnumerosas excusas cuando realizan encuestas anónimas sobre el reconocimiento del consumo de sustancias. Jorge Fraile realiza una clasificación de esas excusas que abarca desde la curiosidad y la pura diversión a la hora de consumir hasta el hecho de no sentirse excluido de un círculo o evadirse de situaciones personales complicadas. Y es que todas las drogas presentan una doble cara: una positiva y favorable que atrae a los jóvenes; y otra negativa, problemática.

Perfil de los presos
Durante la hora que duró la ponencia se expusieron tres posibles perfiles de los presos españoles en el extranjero: el consumidor, el necesitado y el buen samaritano. Y es que, aunque sin motivo de exculpa, lo que en nuestro país puede ser no más que una sanción administrativa, en otros países el asunto puede ser tomado mucho más en serio. Por supuesto las causas de las detenciones pueden ser variopintas, desde el más culpable hasta el que carece de ella. Siendo este último caso más complicado, pues la persona tiende a defenderse con el clásico "yo no lo sabía", respuesta utilizada por la mayoría de los detenidos que alegan su inocencia exculpándose de cargos.

Pueden consultar más información en: http://www.espanolesenelmundo.org/index.php?s=69

Elisa I. Moreno




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